Impuesto a las Ganancias – Período Fiscal – 2024 

COMUNICADO

Se encuentra habilitado el Servicio SIRADIG – Trabajador para la carga del Formulario 572 web correspondiente al período fiscal 2024. 

A tal efecto se comunica que la retención del Impuesto a las Ganancias para aquellos agentes que perciban sus haberes a partir del 01 de enero de 2024 se determinará por la aplicación del Régimen de Impuesto Cedular sobre mayores ingresos según la Ley Nº 27.725. Los criterios de aplicación detallados por la Administración Federal de Ingresos Públicos son los siguientes: 

  • Aplica a los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados con mayores ingresos. 
  • El mínimo no imponible equivale a 15 salarios mínimos vitales y móviles. 
  • No admite ningún tipo de deducción ni desgravación, excepto el servicio doméstico que podrá informarse a través del F572
  • Los casos de pluriempleo se deberán informar a través del mismo formulario. 

 Destacamos que para su presentación se deberá seleccionar el Régimen CEDULAR – Mayores Ingresos. 

Se informa también,  que continúa vigente la carga de deducciones para el periodo 2023 a través del Siradig hasta el 31/03/2024.

COMUNICADO IMPUESTO A LAS GANANCIAS – 2024

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